Regreso a Clases: Lo que debes saber sobre la Ley de Uniformes Escolares en Venezuela

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Ya estamos en cierre de actividades escolares y nos preparamos para el regreso a clases. Para esta época vamos buscando presupuesto sobre listas escolares y uniformes, porque aunque a veces es cuesta arriba cumplir con todos los gastos del inicio de clases, si buscamos con tiempo podemos ir comprando por partes.

En este sentido, es importante mantenernos informados de todo lo que trae el regreso a clases, por eso traemos acá la noticia sobre la Ley de Uniformes, quizás aún no estabas al tanto, sin embargo aquí te contamos más.

Ahora bien, ¿De qué va la Ley de Uniformes Escolares en Venezuela? para responder esta pregunta te pondremos en contexto. En Venezuela, todas las instituciones educativas, que ofrecen formación escolar, son rigurosas sobre el código de vestimenta de sus alumnos, esto tanto a nivel privado, cómo público

Sin embargo, también sabemos que algunos no pueden cumplirlo, bien sea por falta de recursos o por un tema de disciplina, pero para ambos casos la Ley Venezolana establece algunas cláusulas que buscan regular esto, así como proteger al estudiante. En este artículo te comentaremos.

 

Ley de Uniformes en Venezuela ¿Qué prescribe?

Como veníamos comentando, tanto colegios privados, como instituciones públicas buscan que se cumpla de forma estricta con el código de vestimenta, a nivel preescolar, básica y secundaria; y la Ley Venezolana lo avala, sin embargo, también prescribe que no se puede coartar del derecho a la educación a los estudiantes que no cumplan con el código de vestimenta.

En este sentido, ¿Qué debe hacer un colegio si un estudiante no puede cumplir con la vestimenta? Para ese caso, según el Artículo 6 de Gaceta Oficial N°40.739, el uso del uniforme escolar es obligatorio en todas las instituciones, públicas y privadas, en caso que el estudiante no pueda cumplir con el código de vestimenta, el representante debe justificarlo de manera formal.

Asimismo, el colegio debe exigir una carta al representante donde se explique formalmente el motivo del incumplimiento. De igual forma, el colegio no puede prohibir el ingreso a las aulas de clases por no cumplir con el uniforme y así lo prescribe el Artículo 1 de Gaceta Oficial N°40.739.

 

¿Cómo debe ser el Uniforme Escolar según la Ley Venezolana?

Según el nivel de escolaridad los uniformes reglamentarios son:

  1. Educación Inicial: franela de color rojo, amarillo o azul y mono color azul marino.
  2. Educación Primaria: camisa manga corta o chemise color blanco y pantalón o falda color azul marino, según su libre elección.
  3. Educación Media: de primer (1°) a tercer (3º) año camisa manga corta o chemise color azul claro, de cuarto (4º) a sexto (6º) año camisa manga corta o chemise beige, en ambos casos pantalón o falda color azul marino, según su libre elección.

También la Ley dispone que las instituciones no pueden exigir que los representantes compren una marca determinada de uniformes, ni que estos lleven determinados diseños.

De igual manera, tampoco aclara sobre el color de los zapatos y prescribe que en temporadas de lluvias los alumnos pueden usar chaquetas, suéteres, impermeables o botas.

 

¿Qué puedo hacer si por alguna razón no puedo cumplir con el uniforme de mis hijos?

La razón por la que tu hijo no cumple el uniforme debe ser por alguna causa mayor y debe ser justificada a través de una carta de exposición de motivo que sea llevada a las instancias de la institución encargada de ello.

Si la razón por la que no está cumpliendo es de índole disciplinaria debe tomar las acciones pertinentes y hablar con un profesional en el área de la salud mental y psicopedagogía. Es importante que este abordaje sea en conjunto con la institución.

 

¿Qué puedo hacer si somos una Institución Educativa y algún alumno no cumple con el código de vestimenta?

Si eres una institución educativa y hay algún incumplimiento del código de vestimenta, según prescribe la Ley, debe dirigirse directamente al representante, quizás una citación para conversar y solicitar de manera formal una carta de exposición de motivos.

Conociendo los motivos, sin son financieros, condición médica o por un tema de conducta, el abordaje puede ser diferente. Si hay motivos razonables para el incumplimiento y se deja sentado de forma escrita, pues la solución quizás es más sencilla.

Sin embargo, si la razón es por falta de disciplina, se puede hacer un abordaje en conjunto, entre representante, un profesional de la psicopedagogía y el representante. Esperamos que esta información te haya sido útil para el regreso a clases.

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